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Sobre la solicitud de nulidad de la sentencia T-054 de 2026

  • hace 5 horas
  • 3 Min. de lectura

Las organizaciones firmantes apoyamos la solicitud de nulidad presentada por Temblores ONG contra la sentencia T-054 de 2026, proferida por la Corte

Constitucional, por las graves irregularidades que comprometen los estándares de protección de derechos fundamentales en Colombia.


El caso tiene como origen la situación de Sofía*, estudiante de medicina, quien en 2023 fue víctima de violencia y discriminación en su entorno académico. Tras un episodio de consumo de sustancias y la presentación de una incapacidad médica, datos sensibles de su historia clínica fueron divulgados sin su consentimiento. A partir de ese momento, fue suspendida de sus rotaciones, obligada a entregar dictámenes médicos para su reintegro y, finalmente, excluida de su proceso de formación académica.


La sentencia T-054 de 2026 no sólo negó la protección de sus derechos, sino que avaló decisiones que profundizaron su exclusión y afectaron su continuidad académica. Esta decisión sienta un precedente preocupante, pues flexibiliza la protección de datos sensibles en salud y legitima medidas institucionales que castigan a personas por el uso de sustancias, sin atender a criterios constitucionales claros.


La solicitud de nulidad que presentamos se fundamenta en irregularidades graves. En primer lugar, la Corte desconoció su propio precedente en materia de tratamiento de datos sensibles y reserva de la historia clínica, al validar la divulgación de información médica sin autorización de la titular y sin una habilitación legal expresa. Esta decisión desconoce el estándar de protección reforzada que la Constitución y la ley imponen sobre este tipo de información.


En segundo lugar, la sentencia introduce una excepción inexistente en el ordenamiento jurídico. La Corte consideró que la divulgación de datos sensibles tenía una finalidad legítima con base en un supuesto “riesgo para terceros”, un criterio que no está contemplado en el artículo 6 de la Ley 1581 de 2012 y que amplía de forma indebida el uso de esta información. Este razonamiento abre la puerta a decisiones arbitrarias que pueden afectar la dignidad y la privacidad de las personas.


En tercer lugar, la decisión se apoya en errores graves en la valoración de los hechos. La Corte construyó su análisis a partir de supuestos que no corresponden a la realidad del caso, como que Sofía estuvo hospitalizada y en proceso de rehabilitación, a pesar que esto nunca ocurrió. Esta lectura de los hechos afecta directamente la forma en que se interpretaron los derechos de Sofía y las medidas adoptadas en su contra.


Finalmente, la sentencia omitió abordar un aspecto central del caso: la discriminación por el uso de sustancias psicoactivas. Este era un elemento transversal que podía incidir directamente en la decisión, pero la Corte decidió no examinarlo. En su lugar, reprodujo una lógica que derivó en la imposición de barreras basadas en la atribución de una discapacidad percibida, desconociendo la autonomía de Sofía y limitando su posibilidad de decidir sobre su proceso académico y su proyecto de vida.


La Corte Constitucional aún está a tiempo de corregir esta sentencia. La nulidad es el mecanismo que permite restablecer el debido proceso y evitar que se consolide un precedente regresivo. En este caso, implica reafirmar que la información en salud no puede circular sin límites, que la autonomía no puede desconocerse con base en estigmas y que el uso de sustancias no habilita intervenciones institucionales que, bajo la apariencia de cuidado, terminan excluyendo y castigando.


Las organizaciones firmantes insistimos en la necesidad de que esta decisión se corrija y que la Corte realice una interpretación adecuada de los principios constitucionales. Una decisión que proteja la dignidad, que respete la intimidad y que garantice que las personas no sean bloqueadas de su proyecto de vida por prejuicios que el derecho está llamado a desmontar.



* El nombre de la accionante ha sido cambiado para proteger su identidad.



Firman:

Temblores ONG

Elementa DDHH

Deliberar ORG

Dejusticia

Rizoma ONG

 
 
 

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