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Recuerda que los policías tienen la libertad de interpretar las normas y escoger cuál medida se ajusta mejor a cada caso. Así que, de no estar de acuerdo con la medida impuesta puedes revisar nuestra guía de objeción y apelación de comparendos.

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En la sentencia C-127 de 2023 la Corte Constitucional delegó a las autoridades locales la tarea de regular el consumo de sustancias psicoactivas en el espacio público. A raíz de esto, varias alcaldías del país han emitido decretos que imponen ciertas restricciones. A través de PAZAPORTE, una herramienta diseñada por Temblores ONG, te mostramos de manera clara y sencilla la información sobre cada uno de los decretos que se han emitido en el país para que conozcas cómo operan estas restricciones.

A continuación encuentras el mapa de Colombia y te puedes mover libremente con el cursor por los diferentes municipios. A medida que hagas zoom en cada municipio podrás identificar zonas sombreadas en diferentes colores que representan los lugares que restringen el consumo y/o porte de sustancias psicoactivas.

 

Si quieres revisar de manera puntual un municipio sobre el que ya existe una regulación, puedes dirigirte al buscador. Puedes seleccionar los municipios donde hay restricciones y la herramienta te redirigirá a una página con un resumen de toda la información del decreto que selecciones.

Preguntas frecuentes:

  • La dosis personal es la cantidad de una sustancia que puede portar una persona sin estar cometiendo un delito. Este concepto surgió a partir de la sentencia C-221 de 1994 donde la Corte Constitucional declaró que penalizar y castigar el porte y consumo de sustancias ilícitas en cantidades pequeñas violaba el derecho de las personas usuarias al libre desarrollo de la personalidad. Por este motivo, se eliminaron las sanciones penales que existían para el porte y consumo en pequeñas cantidades.

    👀OJO: No para la venta y distribución

  • La dosis personal aplica para:

    👉 Marihuana: 20g
    👉 Cocaína: 1g
    👉 Cualquier sustancia a base de hachís: 5g
    👉 Metacualona: 2g

    👀 OJO: El porte y consumo de drogas sintéticas está prohibido y castigado por el Código Penal. Sin embargo, no es un delito especialmente perseguido por la Fiscalía. Penal

  • Desde el 2016, la Corte Suprema de Justicia creó el concepto de la dosis de aprovisionamiento. Esto quiere decir que, una persona usuaria puede portar una cantidad mayor a la dosis personal si la sustancia va a ser consumida en un periodo de tiempo prolongado. El criterio que define si existe el delito de tráfico o no es si las personas tienen la intención de vender/distribuir y no la cantidad que porten.

    👀OJO: La dosis de aprovisionamiento es únicamente para consumo propio, pues en caso de que se compruebe la intención de distribución y venta sí es un delito.

  • Desde el 2017, la Corte Suprema de Justicia creó el concepto de la dosis compartida. Esto significa que se puede portar más de la dosis personal al estar destinada para ser compartida con un estrecho círculo de personas con las que se tiene una relación personal, permanente o circunstancial.

     

    👀 OJO: La dosis compartida no puede tener un fin de distribución o venta, pues pasaría a ser un delito.   

  • Normalmente la dosis personal no debería ser confiscada a menos de que se esté consumiendo o portando en lugares prohibidos. En estos casos, los agentes de policía te pueden poner un comparendo e igualmente pueden proceder a confiscar y destruir el bien.

  • A partir del Decreto 613 de 2017 se autorizó el autocultivo, sin la necesidad de tener una licencia o autorización.

    👀 OJO: No puedes sobrepasar las 20 unidades de plantas y solo pueden ser utilizadas para uso personal.

  • En esta primera versión de PAZAPORTE encontrarás 48 decretos que se expidieron después de que la Corte Constitucional publicó la sentencia C-127 de 2023. Hay algunos lugares como Bogotá o Ibagué que tienen decretos más viejos y hay otros lugares que todavía no tienen regulación, por lo que no aparecen en la herramienta.

  • La Ley 1801 de 2016 (comúnmente conocido como el Código de Policía) cuenta con unas restricciones generales al porte y al consumo que son aplicables en todo el territorio nacional. Si en el lugar donde vives no se ha publicado un decreto aún, te recomendamos revisar los artículos 33, 34 y 140 de esta ley para conocer cómo funcionan las restricciones.

  • Los mapas se elaboran a escala, con base en los perímetros de los lugares restringidos y el metraje de limitación establecido en el decreto correspondiente. Por esta razón, los círculos que muestran las restricciones varían en tamaño, ya que dependen tanto de los metrajes de limitación como de los perímetros específicos de cada ubicación.

  • En los mapas se representan círculos deA diferentes colores, cada uno asociado a distintos lugares, tal como se indica en las convenciones. Para identificar dónde puedes consumir, basta con buscar en el mapa las áreas que no están cubiertas por ningún círculo de color.

  • PAZAPORTE es una herramienta que se puede actualizar si se publican nuevos decretos. Nuestro objetivo es mantenerla siempre al día, así que, si conoces algún decreto que aún no está incluido en la herramienta, cuéntanos.

  • Los decretos que aparecen en la herramienta siguen vigentes y deben cumplirse, pues son la hoja de ruta que siguen las autoridades de policía para imponer sanciones. 

     

    Desde Temblores ONG estamos promoviendo una estrategia amplia de incidencia para cuestionar la constitucionalidad de los decretos que han sido emitidos hasta la fecha, PAZAPORTE es tan solo una de ellas. Nuestro objetivo es que sea una herramienta útil tanto para los jueces, al tomar decisiones informadas cuando se inicien acciones legales contra los decretos, como para las autoridades locales que regulan sobre estos temas, al evidenciar qué tanto cumplen con las pautas de la Corte Constitucional y del Ministerio de Justicia.

     

    Desde Temblores ONG reconocemos que la ciudadanía también ha tomado cartas sobre el asunto. Por esta razón, nuestra intención es incluir en PAZAPORTE información sobre las acciones legales emprendidas contra estos decretos y centralizar las estrategias de litigio, promoviendo una respuesta coordinada y efectiva frente a estas normas.

  • Ten en cuenta que estas restricciones han sido emitidas de forma progresiva, por lo que si no ves tu municipio es porque aún no se ha publicado un decreto que imponga las limitaciones.

  • PAZAPORTE es una herramienta viva, adaptable y de construcción colectiva. Si conoces algún decreto que no está en este listado, no dudes en contactar a Temblores ONG para que actualicemos la información.

Análisis de

constitucionalidad

Desde Temblores ONG hicimos un análisis de constitucionalidad de los decretos emitidos por las alcaldías del país que han buscado regular las condiciones de modo, tiempo y lugar para el porte y consumo de sustancias psicoactivas en espacios públicos. En este análisis, evaluamos el cumplimiento de los criterios establecidos en la sentencia C-127 de 2023 y de las pautas del Protocolo expedido por el Ministerio de Justicia que guía la aplicación de estas restricciones.

Revisa el documento de política que hicimos con apoyo de FESCOL.

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Herramienta para la reducción de riesgos sociales asociados al porte y al uso de la dosis personal en el espacio público en Colombia

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Si te interpusieron un comparendo injusto, revisa nuestra guía de objeción y apelación de comparendos que explica el paso a paso para exigir que no te impongan la medida correctiva

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